Tras activar el artículo 50º del Tratado de la Unión Europea, comienza el proceso de retirada de Reino Unido de la Unión lo que acarreará profundas transformaciones en diversos ámbitos. Uno de los problemas principales a los que se enfrenta Reino Unido es la necesidad de establecer un nuevo marco jurídico nacional e internacional con el que poder hacer frente a las cuestiones que deberá abordar a partir de ahora.
Por otro lado, y con el fin de realizar un abandono lo más ordenado posible, se procederá en un primer momento a la realización de diversos acuerdos transitorios. Esto provoca que reine la incertidumbre en diversos aspectos del ámbito empresarial, como, por ejemplo, en el ámbito contractual o en la rendición de cuentas (Reino Unido, La Unión Europea, o el Derecho Internacional). Este momento de inflexión abre por tanto una excepcional ocasión para el análisis estratégico de dichas empresas. Éstas deberán identificar los previsibles riesgos (como las insuficiencias en la británica o controversias en la fiscalidad de doble imposición), junto con las oportunidades que les brinda esta coyuntura, donde pueden existir ventajas fiscales o un tipo de cambio de la libra favorable para las compañías de la zona euro. A partir de los resultados obtenidos en el este análisis DAFO (Debilidades, Amenazas, Fortalezas y Oportunidades), deberán diseñar una estrategia con la que poder adaptarse a esta nueva situación.
En lo que a las empresas británicas se refiere, no podrán negociar acuerdos sectoriales con la Unión Europea, ya que aceptar dicha particularidad rompería los principios del mercado único. Por ello, el impacto del Brexit dependerá del marco jurídico establecido para este proceso de retirada. Otro de los aspectos que puede provocar mayores dilemas son los acuerdos comerciales con terceros países que, deberán ser finalizados o re-negociados. Pero puede que estos países terceros se opongan a la retirada de Reino Unido de dichos acuerdos, lo que puede llegar provocar gran controversia internacional.
Gibraltar es otro de los aspectos clave a considerar y el que más concierne al Estado Español. Gracias a servirse de las instituciones de la Unión (que han facilitado que así sea), el peñón goza de gran autonomía fiscal respecto al Reino Unido y por tanto, se puede su escisión de la Unión Europea no le aporta ningún tipo de beneficio. Aun así, aunque la co-soberanía (propuesta el 4 de octubre por el gobierno español) permita una relación con España más transparente, que elimine su concepción de paraíso fiscal, parece poco probable que tanto Reino Unido como los propios habitantes de Gibraltar deseen adoptar dicho estatus.
Dando un giro al ámbito jurídico financiero, nos encontramos con dos disyuntivas:
Por un lado, la incertidumbre sobre si se mantendrá la primacía de la legislación británica, puesto que hoy en día, en todo tipo de contratos (ya sea alguna de las partes británica o no) está estandarizado la utilización del sistema inglés y por tanto, la sumisión al fuero jurisdiccional inglés. El Brexit puede poner esta tendencia en riesgo ya que dicho sistema dejará de ofrecer garantías a los actores comunitarios y el derecho procesal y los tribunales británicos ya no otorgarán la seguridad que ha caracterizado a su jurisdicción hasta el momento.
Por otro lado nos encontramos con la disyuntiva de si Londres podrá mantener la regulación actual de prestación de servicios y continuar así como la principal potencia financiera del continente. No parece que esto vaya a poder seguir así, ya que, el hecho de abandonar de manera voluntaria la Unión acarrea rechazar también las libertades básicas de las que se componen, por lo que es más que probable que la primacía de Reino Unido en este sector se reubique en otra de las grande capitales europeas, como Bruselas o Frankfurt que han encontrado una oportunidad de fortalecimiento en el Brexit y desean aprovecharla.
Para finalizar el acto, se dio paso a un turno de preguntas donde los asistentes debatieron temas como las futuras relaciones de la Unión Europea y la Commonwealth, la posibilidad de convertirse Reino Unido en paraíso fiscal o no, las consecuencias de los tratados comerciales con Países terceros o si tendrá consecuencias el Traslado de la Autoridad Bancaria Europea (EBA en sus siglas en inglés).
Helena Arrizabalaga